Prefectura de Zona Mar Argentino Norte es parte de la estructura territorial de la Prefectura Naval Argentina (PNA), que tiene su antecedente más antiguo en la Capitanía de Puertos de 1810, y que, de acuerdo a las misiones y funciones es la organización a través de la cual el Poder Ejecutivo Nacional ejerce el Servicio de Policía de Seguridad de la Navegación, Seguridad y Prevención del Orden Público, Protección del Medio Ambiente y Conservación de los Recursos Naturales, Policía Judicial, Policía Auxiliar Aduanera, Migratoria y Sanitaria y la Jurisdicción Administrativa de la Navegación. Durante su historia experimentó cambios de dependencias ministeriales, denominaciones y marcos normativos que fueron estableciendo sus funciones, estructura orgánica y alcances jurisdiccionales.
En 1970 fue sancionada y promulgada la ley N° 18.711 que definió a la PNA como una fuerza de seguridad estructurada para actuar en el litoral marítimo, lacustre y otras vías navegables, puertos y lugares que se determinen al efecto (art 7); que tendría por misión satisfacer las necesidades inherentes al poder de policía que compete al Comando en Jefe de la Armada (art 8); y que en caso de conmoción interior todos o parte de sus efectivos podrían ponerse a disposición del o los comandos de zona de emergencia respectivos (art 11).
Por Directiva 1/75 del Consejo de Defensa se establece el Plan de Capacidades Internas de la Armada Argentina (PLANCINTARA). En virtud de esta reglamentación, el territorio nacional quedaba dividido por la Marina, creándose las Fuerzas y los Grupos de Tareas (FUERTAR y GRUTAR) y se dictaron las directrices internas que planificaron y distribuyeron geográficamente la represión.
PLANCINTARA establece dos fases de operaciones: una defensiva para “fortalecer las instituciones” y una ofensiva “para destruir al oponente subversivo que actúe en las zonas de responsabilidad naval o en la zona donde se ordene”. (Plan de Capacitaciones Anexo B, “fases de las operaciones”, 1975).
En ese marco las dependencias con asiento en Bahía Blanca y Punta Alta, Prefectura Zona Atlántico Norte y Prefectura Bahía Blanca quedaron bajo el control de la Fuerza de Tarea 2 (FUERTAR 2) que comandaba la Base Naval Puerto Belgrano. De ella dependían los Grupos de Tarea de la Armada activos en esa jurisdicción. Algunas de las funciones específicas de la FUERTAR 2 fueron: administración y control del personal detenido; inteligencia sobre el oponente interno; contrainfiltración, contrainformación, contraespionaje, contrasubversión, respuestas a acciones sorpresivas del oponente subversivo y represión.
El Apéndice 1 del anexo “A” del Plan de Capacitaciones determina “las agencias de colección” de cada una de las Fuerzas de Tarea, donde queda establecido para el desarrollo de la FUERTAR 2 la Central de Inteligencia de Puerto Belgrano, que tiene a su cargo a la División de Inteligencia PNA (Zona Atlántico Norte).
Si la PNA orgánicamente se encontraba al momento de la dictadura dentro del Comando en Jefe de la Armada Argentina, esa estructura jerárquica también se reflejaba en el área de inteligencia.
Las acciones de inteligencia de la PNA fueron instrumentadas desde las más altas autoridades de la fuerza. Los mecanismos de espionaje, recolección de información y retrasmisión fueron paulatinamente modelados desde el período previo al golpe de estado del ’76. También se actualizaron objetivos y se les dio prioridad a temas como el estudiantil y el gremial. Así lo explicitan directrices producidas por el Servicio de Inteligencia de Prefectura Naval Argentina (SIPNA), los cuales fueron remitidos a todas las unidades de esa Fuerza.
Las Secciones Informaciones remitían sus informes a la Sección Informaciones de la Prefectura Naval Zona Atlántico, quién retransmitía los mismos hacia el SIPNA, órgano centralizador de inteligencia.
Para 1973 la jefatura del SIPNA envió un comunicado a todas las Prefecturas de Zonas donde se establecen modificaciones a las normas administrativas y funcionales en materia de inteligencia. Allí se advierte que el SIPNA asignó a los Jefes de Zona, directores de Escuela de Prefectura y autoridades de las dependencias operativas y autoridades directas en materia informativa, diversos grados de responsabilidades. Los ajustes en el aparato de inteligencia de la Prefectura Naval continúan a lo largo de 1975. Un documento del fondo Prefectura- firmado por el jefe del SIPNA Prefecto Mayor Roberto Alfonso Manzi- advierte a todas las Prefecturas y Prefecturas de Zona el cumplimiento de la “doctrina” que establece que la información “debe ser suministrada a quien pueda necesitarla”. Es por ello que “las Secciones de Informaciones” deberán analizar el contenido de la información producida a efectos de determinar si corresponde incluir como destinatario/s a otra/s Sección/es aún cuando la/s misma/s correspondiera/n a una jurisdicción administrativa distinta de su zona”.